Desde el sábado pasado el Servicio de Impuestos Internos habilitó en su sitio web, la opción para que personas naturales, empresarios individuales y pensionados de vejez o invalidez de Renta Vitalicia que cumplan con los requisitos legales, puedan solicitar el – un tanto criticado – Préstamo Solidario del Estado 2021, que viene a ser «un apoyo» para quienes la han pasado mal por temas económicos durante la pandemia producida por el Covid-19.
Según lo informado por las autoridades, este “beneficio” consiste en un préstamo con una tasa de interés real 0, por un monto máximo de $650 mil, que puede ser solicitado hasta en 3 veces, una vez por mes, lo que puede ser continuo o discontinuo, pero hasta octubre de 2021. Si quien lo solicita accedió al Bono Clase Media, podrá acceder al préstamo solamente en 2 ocasiones.
Pero lamentablemente no todos los mortales tienen derecho a este “beneficio”, porque de acuerdo con la ley, para acceder al préstamo, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener un Ingreso promedio mensual en 2019, mayor a $298.833 (al 31 de diciembre de 2019), equivalente a $ 311.934 a abril de 2021.
- Uno de los requisitos más importantes es el registrar una disminución de un 10% o más en los ingresos del segundo semestre de 2020, en comparación con el mismo período de 2019.
- No tener montos pendientes de restitución por haber obtenido indebidamente el Aporte Fiscal 2020.
- Los pensionados también podrán acceder a este Préstamo Solidario, siempre que cuenten con una pensión por vejez o invalidez en Renta Vitalicia, por hasta $408.125. En este caso, podrán solicitarlo hasta en 3 ocasiones, por un monto igual o menor a su pensión.
Al igual que el Bono Clase Media, la plataforma de acceso al Préstamo indicará automáticamente si la persona puede acceder al beneficio y cuál será el monto. Para realizar este cálculo, el SII se basa en distintas fuentes de información:
- AFP (Superintendencia de Fondos de Pensiones): Remuneración imponible en base a cotizaciones previsionales.
- AFC: Cuotas del seguro de cesantía.
- SII: Declaración de Renta AT2020, Boleta de Honorarios Electrónica, Declaración Jurada 1887 y el Registro de Compras y Ventas.
Cómo se devuelve el Préstamo Solidario 2021…
Si una persona obtiene el Préstamo Solidario en uno o más meses de 2021, deberá reintegrar el monto que haya recibido, a partir de 2023.Este monto se cobrará en 4 cuotas anuales, reajustadas de acuerdo al IPC:
Cuota 1, 2023: 10% del beneficio.
Cuota 2, 2024: 30% del beneficio.
Cuota 3, 2025: 30% del beneficio.
Cuota 4, 2026: 30% del beneficio.
Además. la Ley estableció que la cuota anual no podrá ser superior al 5% de las rentas que se declaren en la Operación Renta. Además, si por la aplicación del tope, se mantiene un saldo al final del período de 4 años, este será condonado.
En el caso de los pensionados que accedan al Préstamo Solidario, en uno o más meses de 2021, deberán reintegrar el monto total del beneficio obtenido, en 48 cuotas mensuales, a contar de enero de 2023.
En monto de cada cuota no podrá ser mayor al 5% de su pensión y el organismo que le pague su pensión de Renta Vitalicia, será la encargada de retener el monto de dichas cuotas, de manera automática, por lo que el pensionado no deberá realizar ningún trámite.
En este sentido, El ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda explicó que “si una persona tiene una pensión de $330 mil y accede a los tres préstamos por prácticamente 1 millón de pesos, lo va a ir devolviendo mensualmente desde 2023 con tope de 5% de su pensión, o sea aproximadamente $15 mil. Eso significa que al cabo de 4 años esas cuotas se van a acabar, habiendo devuelto cerca de $720 mil. Luego de eso se acaban las cuotas”.
Viendo el vaso medio lleno, lo positivo que tiene este “beneficio”, es que a diferencia del Bono Clase Media, el Préstamo Social lo pueden solicitar quienes ganaban más de $2 millones durante el 2019 y que vieron golpeados sus ingresos el 2020.