Considerando la cercanía de navidad y las particularidades de la pandemia, el SERNAC estará fiscalizando el cumplimiento de las condiciones de la garantía legal de los productos, poniendo especial atención a lo que están ofreciendo las empresas para el cambio voluntario de las compras.
El organismo ha definido una serie de buenas prácticas en la materia, especialmente considerando que algunas tiendas impiden la prueba de las prendas o productos como parte de sus protocolos sanitarios propios para evitar contagios.
El Director del SERNAC, Lucas Del Villar, explica que un consumidor que no pudo probarse determinada prenda, aun cuando conozca la talla, el material, modelo y color, no tiene la información necesaria respecto de otras características relevantes del producto (como su entalle, caída, elasticidad, ligereza, entre otras) que afectarán su intención de compra. En otras palabras, “el consumidor que no puede probarse una prenda, terminará comprando el producto en base a expectativas incompletas, que no coincidirán con su fisonomía, características personales, su necesidad o sus legítimas expectativas”.
En este escenario, si bien las razones se basan en recomendaciones sanitarias, la empresa impide al consumidor el acceso oportuno a la información completa del producto, necesaria para determinar su intención de compra, instándole a comprar con una información a medias que sólo será satisfecha cuando pueda probarse la prenda, vestimenta o calzado, entre otros productos.
Por tanto, para la autoridad, ello justifica que las empresas entreguen un mayor plazo y facilidades distintas a un período normal, pudiendo hacer aplicable la extensión del plazo también a las normas de la triple opción o garantía legal, además de las voluntarias o por gusto.
Recordemos que cuando un producto sale malo o no es apto para el uso al que está destinado, los consumidores tienen derecho a exigir el cambio, la devolución de lo pagado o la reparación del producto a su elección, con indemnización de perjuicios, en caso de existir daños o perjuicios.
Algunos productos como electrodomésticos habitualmente requieren de un primer diagnóstico en los servicios técnicos, pero luego de eso, los consumidores tienen derecho a exigir las opciones si el producto tiene daños no atribuibles a su uso.
Por otra parte, están los tickets de cambio que pueden ser “garantías de satisfacción”, que operan como un ofrecimiento que realizan las empresas voluntariamente para que los consumidores cambien el producto porque no les gustó o no le quedó la talla. En un contexto normal, suelen ofrecer 10 días para ello, no obstante, el SERNAC realizó un levantamiento e identificó que las empresas están ofreciendo mayores plazos, aunque con algunas particularidades y restricciones.
En un barrido de las principales empresas , se identificaron políticas distintas de cambios, que van desde los 10 hasta los 60 días. Algunas empresas ofrecen plazos diferentes según el tipo de producto, incluso con retiro en el domicilio.