noviembre 8, 2024
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Jul

Emprendedores pueden evitar multas al utilizar correctamente máquinas de pago electrónico

Si eres emprendedor y usas diversos medios de pago electrónicos para comercializar tus productos, pero no has formalizado tu actividad económica ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), lo más probable es que te arriesgues a fiscalizaciones por parte de dicha entidad, que podrían acarrear multas y sanciones.

La Defensoría del Contribuyente explica que desde 2020, los operadores de máquinas de pago electrónico, como Transbank, SumUp, Getnet, entre otras, están obligados a informar diariamente al SII las operaciones registradas y las personas que las realizan.

Si como emprendedor o Pyme, no has formalizado tu emprendimiento significa que no estás pagando ni declarando el Impuesto al valor Agregado (IVA) correspondiente a tus ventas, que se realiza cada mes en el Formulario 29.

Según explica Ricardo Pizarro, defensor nacional del contribuyente, “la información recaudada por estas máquinas de pago es utilizada por el SII para la verificación asociada a la declaración y pago del IVA y las fiscalizaciones correspondientes en los casos en que se han realizado ventas y no se ha declarado dicho impuesto, por lo que aquellos emprendedores, con ventas regulares, que no hayan iniciado actividades, es probable que sean contactados vía mail por el SII pidiéndoles regularizar su situación”.

Si utilizas una de estas máquinas, y no has iniciado actividades ante el SII, podrían iniciarse fiscalizaciones y aplicarse sanciones tributarias por no dar aviso de inicio de actividades y por no declarar y pagar el IVA asociado en el F29 mensual, pudiendo cursarse multas hasta 759 mil pesos. Si la infracción es la no declaración y pago de IVA, la multa iría desde el 10% hasta el 30% de los impuestos adeudados.

Recuerda que también desde el 2020 los voucher emitidos por estas máquinas son válidos como boleta, por lo que es necesario entregarlos en los casos que se imprima este recibo. El no cumplir con esta obligación arriesga sanciones que llegan hasta los 126 mil pesos y la clausura por 20 días.

Por otra parte, y solo en el caso en que estas actividades se realicen sin cumplir con los requisitos legales en materia tributario a sabiendas, se incurría en la conducta tipificada como comercio ilegal, cuya multa asciende hasta el 400% de los impuestos no pagados y se arriesga pena de presidio.

Existen distintos métodos para formalizar tus actividades económicas, la Defensoría del Contribuyente entrega orientación gratuita, sobre cuáles aplican a tu caso particular y como resolver tus inconvenientes tributarios. Solicita sus servicios en línea en www.dedecon.cl. Además, en caso de que se hayan aplicado multas o sanciones tendrás la posibilidad de acceder a la política de condonación establecida por el SII y en la Tesorería.

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