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Jun

$1.000 millones en arriendos fiscales: sueldos altos y subsidios prolongados en el municipio de Iquique

Por: Rodrigo Longa – Iquique, junio de 2025

Mientras miles de familias luchan por acceder a una vivienda digna en la Región de Tarapacá, la Municipalidad de Iquique ha desembolsado millonarios pagos por concepto de arriendo fiscal para funcionarios que, en varios casos, reciben sueldos brutos que superan los $4.000.000 mensuales y que llevan más de una década beneficiándose del mismo subsidio municipal.

Una planilla oficial de la administración comunal de Iquique —a la que tuvo acceso exclusivo este medio— revela un escenario que pone en duda el correcto uso de los recursos públicos y la equidad con que se asignan beneficios estatales.

Millones en arriendos para quienes más ganan

Según el documento, al menos 12 funcionarios municipales reciben actualmente pagos de arriendo por parte del municipio.

Entre ellos, destaca el caso de ASTRID ABARCA IBARRA quien se desempeña como ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN RELACIONES PÚBLICAS, quien figura con un sueldo bruto de $4.783.917 y un subsidio de arriendo mensual de $804.414 desde el año 2018. En total, ha recibido más de $63 millones entre 2018 y 2025, a pesar de sus ingresos elevados.

Uno de los casos más llamativos es el de PETER TOLEDO VERA, encargado del área de CÁMARAS DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO, quien registra un sueldo bruto mensual de $3.012.749. A pesar de su alto nivel de ingresos, ha recibido un subsidio de arriendo fiscal de $874.038 mensuales desde marzo de 2016, lo que equivale a un desembolso acumulado de más de $96 millones por parte del municipio en un período de más de 9 años. Este caso vuelve a poner en cuestión la falta de criterios de focalización del beneficio, considerando que con su ingreso podría perfectamente acceder al mercado de arriendo privado sin necesidad de recurrir a recursos fiscales.

En promedio, los sueldos de los funcionarios beneficiados superan los $2.300.000, y los montos acumulados de arriendo bordean los $50 millones por persona solo desde 2019.

¿Realmente no tienen dónde vivir?

Uno de los requisitos fundamentales para acceder al beneficio de arriendo fiscal, según la normativa vigente, es la carencia efectiva de una vivienda o solución habitacional en la comuna donde el funcionario presta servicios.

Sin embargo, según la información obtenida a través de solicitudes por Ley de Transparencia, la verificación se ha limitado exclusivamente a la consulta de propiedades inscritas en el Conservador de Bienes Raíces (CBR) de Iquique, sin considerar la posible existencia de terrenos urbanizables, inmuebles en otras comunas del país o propiedades a nombre de familiares cercanos, lo cual representa una debilidad en los criterios de evaluación.

También figura MARTA DEL PILAR GANDARILLAS GUISA, quien ostenta el cargo de JEFA SECCIÓN PERSONAL, con un sueldo de $2.951.846, quien ha percibido un arriendo fiscal desde enero de 2015, con un costo mensual de $1.029.720, acumulando $123 millones en arriendo de un inmueble en más de 10 años. Llama la atención que Marta Gandarillas, cuenta con un terreno inscrito a su nombre en el conservador de bienes raíces, desde el año 1991, según consta en el registro 1544 – V – 2791 – 1991, lo que nos lleva a cuestionar si un funcionario con un alto sueldo y con contrato prolongado podrían acceder al mercado privado sin ayuda estatal. Además, se evidencia una falta de filtros socioeconómicos en el otorgamiento y mantención del beneficio.

Un caso emblemático es el de YERKO BENAVIDES RAMÍREZ, quien se desempeña como CHOFER EN LA DIRECCIÓN DE ASEO Y ORNATO del municipio. Según el CBR, posee dos terrenos inscritos a su nombre con los registros 3040-4897-2009 y 1531-V-2663-2000, adquiridos en los años 2009 y 2000, respectivamente. A pesar de esta tenencia, y con un sueldo bruto mensual de $1.478.370, ha recibido el beneficio de arriendo fiscal desde septiembre de 2016, con un pago mensual de $662.519, lo que acumula un total cercano a $68 millones en casi nueve años. Con dos propiedades inscritas y un ingreso estable, surge la legítima duda: ¿realmente necesita que la Municipalidad le pague el arriendo?

Otro caso es el de OCTAVIO VILLARROEL ARCOS, actual DIRECTOR DE CONTROL. Según el Conservador, es propietario de una propiedad inscrita desde 2001 bajo el registro 713-1206-2001. Aun así, y con un sueldo bruto mensual que asciende a $4.687.157, percibe un arriendo fiscal desde abril de 2016, con un valor mensual de $1.031.058, acumulando más de $124 millones pagados por concepto de arriendo en poco más de una década. Nuevamente, la interrogante es inevitable: ¿debe un funcionario con ese nivel de ingresos y propiedad inscrita seguir recibiendo este beneficio municipal?

Estos casos reflejan serias falencias en el sistema de control y evaluación de los beneficiarios del arriendo fiscal, y plantean dudas respecto del uso equitativo y eficiente de los recursos públicos, particularmente en un contexto de crisis habitacional y restricciones presupuestarias.

Una solución transitoria que se volvió permanente

Llama profundamente la atención el caso de DANIELLA VARGAS BARBARIC, EX ENCARGADA DE LICITACIONES DE LA SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN (SECOPLAC) del municipio de Iquique, quien habría abandonado su cargo tras verse vinculada al denominado “Caso Luminarias”, donde está formalizada por delitos como cohecho reiterado, violación de secreto y fraude al Fisco. Pese a la gravedad de los antecedentes, y según el informe emitido por el propio municipio, Vargas no registra actualmente sueldo bruto, pero sigue percibiendo el beneficio de arriendo fiscal desde septiembre de 2013, con un pago mensual de $933.805, acumulando a la fecha más de $130 millones en 11 años. La pregunta se impone: ¿Debe seguir recibiendo este subsidio una persona formalizada por corrupción y que ya no ejerce funciones en el municipio?

Además, el análisis revela que la mayoría de los funcionarios beneficiados con arriendo fiscal llevan más de 15 años recibiendo el subsidio, lo que contradice el carácter transitorio que debiera tener este tipo de ayuda pública. Casos destacados con arriendos actualmente vigentes incluyen:

  • Osvaldo Urra Carvajal, Actuario del 1º Juzgado de Policía Local, sueldo $1.284.523, arriendo $358.353 desde junio de 2008, total acumulado: más de $76 millones.
  • Marco Guerrero Miranda, funcionario de Alcaldía, sueldo $2.453.978, arriendo $933.883 desde mayo de 2017, total: más de $89 millones.
  • Paola Valdivia Rivera, Receptor Judicial del 1º Juzgado de Policía Local, sueldo $2.542.531, arriendo $820.020 desde junio de 2016, total: más de $87 millones.
  • Nelson Verdugo Guzmán, conductor municipal, sueldo $1.715.126, arriendo $608.697 desde diciembre de 2014, total: más de $76 millones.

También figuran personas cuyos contratos de arriendo ya fueron finalizados, pero con montos igualmente elevados:

  • Anita Paola Vallette Chacón, secretaria abogado del 1º Juzgado de Policía Local, sin sueldo registrado, arriendo $767.502 entre junio de 2016 y marzo de 2024, total: más de $71 millones.
  • Claudia Salcedo Navarrete, Alcaldia, sueldo $4.446.658, arriendo $520.371 entre diciembre de 2012 y febrero de 2023, total: más de $63 millones.

En conjunto, la Municipalidad ha desembolsado más de $1.000 millones entre enero de 2008 y mayo de 2025 solo en arriendos fiscales para un reducido grupo de 12 funcionarios, que solo el año 2024 suma un gasto total de $100.354.539. Recursos considerables que podrían haberse destinado a solucionar el déficit habitacional, fortalecer la red de salud primaria, mejorar la infraestructura educacional o invertir en seguridad pública, prioridades ampliamente demandadas por la ciudadanía.

Este panorama pone en evidencia la urgente necesidad de fiscalizar, revisar criterios de asignación y redefinir los límites y duración de estos beneficios, para que realmente lleguen a quienes más los necesitan.

Normas ignoradas y controles débiles

Según la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios públicos deben actuar con probidad y eficiencia, utilizando adecuadamente los recursos del Estado. A su vez, la Ley de Presupuestos exige que los arriendos fiscales se asignen con criterios fundados de necesidad, sin transformarse en privilegios indefinidos.

Sin embargo, no existen registros claros de que los beneficiarios hayan sido evaluados periódicamente, ni de que se haya exigido acreditación actualizada de situación habitacional o cruce de información con el SII y el Registro Nacional de Propiedades.

Exige transparencia y acción inmediata

El diputado de la República Renzo Trisotti fue enfático al referirse a los antecedentes revelados:
“Esta situación es gravísima y debe ser aclarada con urgencia. A primera vista, resulta escandalosa y plantea serias dudas sobre la legalidad de las decisiones adoptadas. El Municipio de Iquique tiene el deber de entregar una explicación inmediata y transparente. Asimismo, es indispensable un pronunciamiento de la Contraloría General de la República para esclarecer la procedencia del beneficio y determinar eventuales responsabilidades. La ciudadanía merece respuestas claras y acciones concretas”, afirmó.

 ¿Qué responde el municipio?

Consultado por esta investigación, desde el municipio señalaron que: “el subsidio de arriendo está contemplado en el Artículo 89 de la Ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales), el cual establece que: -El funcionario tendrá derecho a ocupar con su familia, gratuitamente, la vivienda que exista en el lugar en que funcione la Municipalidad-”.

Respecto a los requisitos para acceder al beneficio, indicaron que “la Municipalidad, para efectos de regular este beneficio, dictó en el año 2012 el Decreto Alcaldicio N°1809, el cual establece el reglamento con las condiciones necesarias para su otorgamiento”.

Frente a las consultas sobre los altos sueldos de los beneficiarios y los elevados montos de arriendo, así como la posibilidad de revocar el subsidio, se limitaron a responder: “Cabe indicar que, una vez otorgado el derecho, no se puede quitar mientras se cumplan los requisitos y condiciones que le dieron lugar, por tratarse de un derecho adquirido”.

Finalmente, al ser consultados por casos específicos, como el de funcionarios con propiedades inscritas en el Conservador de Bienes Raíces de Iquique, o el de la exfuncionaria formalizada en el Caso Luminarias que continúa recibiendo el beneficio, la respuesta fue: “Respecto de los funcionarios consultados, cabe informar que, por tratarse de datos sensibles de terceras personas, no podemos emitir comentarios, ya que estaríamos vulnerando sus derechos y privacidad, de conformidad con la denominada Ley Karin”.

 ¿Dónde están los filtros? ¿Quién fiscaliza?

La falta de un sistema de control y actualización ha permitido que el beneficio de arriendo fiscal termine beneficiando, paradójicamente, a quienes menos lo necesitan. Esto ocurre mientras cientos de familias esperan por años una solución habitacional y viven hacinadas o en condiciones precarias.

Quedan preguntas sin responder.

¿Debe el municipio subsidiar arriendos por $1.000.000 o más a funcionarios que ganan el doble o triple que el promedio nacional?


¿Debe mantenerse este beneficio por más de una década sin revisar si las condiciones iniciales siguen existiendo?

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