El seremi del Trabajo y Previsión Social de Tarapacá, Jaime Hip Hidalgo, hizo un llamado a los empresarios del comercio para que respeten la normativa vigente en relación a los horarios y descansos consagrados en los feriados obligatorios e irrenunciables de Fiestas Patrias. Así como también, se refirió a la nueva normativa que además de cambiar el régimen a quienes trabajan en cabarets y locales comerciales de aeropuertos y aeródromos, establece descansos alternados. Vale decir, que a quienes les toca trabajar en estas fiestas patrias, no lo harán en las siguientes. “Como queremos que trabajadores y empleadores estén plenamente informados, para que unos sepan cuáles son sus derechos y otros cuáles sus obligaciones para este 18 y 19 de septiembre, hemos proyectado realizar visitas a diferentes sectores, comenzando este jueves al mediodía por el centro y el mercado de Iquique”, sostuvo la autoridad regional, quien advirtió que este año el festivo obligatorio de Fiestas Patrias para los trabajadores del comercio partirá a más tardar a las 21 horas del 17 de septiembre y terminará a las 06 horas del día 20. “Los feriados irrenunciables como este 18 y 19 y todos los primeros de mayo, más el 25 de diciembre y el 1 de enero de cada año, son instancias en las que se busca privilegiar el descanso y la vida familiar, por lo que junto a un equipo de fiscalizadores nos encargaremos de que así sea”, sostuvo Hip Hidalgo, quien advirtió que la ley exceptúa de este derecho a quienes laboran en restoranes, locales de entretención, como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos de juego y otros lugares de juego autorizados, farmacias de urgencia y de turno fijado por la autoridad sanitaria y tiendas de conveniencia adosadas a bombas bencineras. Y ahora último, a quienes trabajan en cabarets y locales comerciales de aeropuertos y aeródromos, quienes deben trabajar. “Lo rescatable es que según establece la ley N°20.918, que modificó el artículo 2° de la ley N°19.973 y que está vigente desde el 30 de mayo pasado, los trabajadores que hasta ahora debían laborar durante los feriados obligatorios e irrenunciables deberán descansar en los festivos del año siguiente, siempre que sigan contratados por el mismo empleador, por lo que quienes se pongan el overol este año, deben saber que descansarán en las fiestas del 2017”. Finalmente el seremi indicó que si bien son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que se desempeñan en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen, la ley faculta para abrir a los pequeños locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y cónyuges.













