Con 127 votos a favor y 16 en contra, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que reforma la Constitución Política de 1980, con lo que se busca la creación de una nueva carta fundamental a través de un plebiscito el próximo 26 de abril.
Quedó fuera del acuerdo las indicaciones que buscaban paridad de género y cuotas para pueblos originarios e independientes para la convención constituyente fueron rechazadas.
¿Cómo se voto?
Votación en general del acuerdo constituyente: Aprobado.
*Artículos transitorios que permitían la paridad de género, escaños reservados para pueblos indígenas e incorporación de independientes: Rechazado.
*El artículo 130 que establece el plebiscito de entrada para el proceso constituyente: Aprobado. (*Diputado Hirsch modificó su voto a favor).
*El artículo 131 que regula la conformación de las dos convenciones: la mixta y la constituyente: Aprobado.
*Artículo 132 que regula los requisitos para quienes se postulen a las convenciones constitucionales y las incompatibilidades: Aprobada.
*El artículo 133 que establece el quórum de 2/3 para la aprobación de las normas de la nueva Constitución: Aprobada.
*Artículo 134 que regula los estatutos de las convenciones constituyentes: Aprobado.
*Artículo 135 que establece los límites y las atribuciones con las que contarán las convenciones constituyentes y que señala que mientras no se apruebe la nueva Carta Magna regirá la actual Constitución: Aprobado.
*El artículo 136 que establece que los integrantes de la convención ante cualquier vicio pueden presentar una reclamación ante la Corte Suprema: Aprobado.
*Artículo 137 que establece que las convenciones constituyentes podrán pedir una prórroga de 3 meses para seguir trabajando en la nueva Carta Magna: Aprobado.
*Artículo 139 que regula la convención mixta y que establece que estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 corresponderán a ciudadanos electos especialmente para estos efectos y 86 parlamentarios que serán elegidos por el Congreso Pleno: Aprobada.
*El artículo 141 que establece la integración de la convención constituyente, la que será conformada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos: Aprobada.
*El artículo 142, en su inciso final contenido en el numeral 3, que habilita el plebiscito ratificatorio y que en caso de que sea rechazada la nueva Carta Fundamental seguirá rigiendo la actual Constitución: Aprobada.
*El resto del artículo 142 sobre la regulación del plebiscito ratificatorio: Aprobado.
*Artículo 143 respecto a las leyes que regulan las franjas televisivas: Aprobado.
Fuente: latercera.cl