El nuevo proceso iniciará a las 09:00 horas, en una primera etapa de solicitudes que será exclusivamente online, y los cotizantes deberán pedir su retiro a través de la página web de la AFP en la cual estén afiliados, solo con su RUT y el número de serie del carnet de identidad.
SALDO
Todas las personas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual pueden acceder al retiro. Esto incluye a los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia.
Además, este es un retiro universal, es decir, que todos los afiliados en las AFP, sin exclusión, pueden optar a esta alternativa. Esto considera a los trabajadores tanto del sector público como del privado y tanto a los chilenos como extranjeros.
La Asociación de AFP habilitó el sitio web Mi10AFP.cl para proveer la información necesaria para el proceso.
MONTOS
La ley establece que el mínimo a retirar será 35 Unidades de Fomento (UF), lo que equivale aproximadamente a un millón de pesos.
El monto máximo será equivalente a 150 UF, que son alrededor de 4,3 millones de pesos.
En el caso de que el 10 por ciento corresponda a un monto menor a las 35 UF, los afiliados podrán retirar hasta dicho monto y, en el caso de que el ahorro total acumulado sea menor a las 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos.
El pago de los fondos en los casos de retiros menores a 35 UF se efectuará en una sola cuota y en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud ante la AFP.
Los retiros mayores de 35 UF se pagarán en dos cuotas, la primera luego de 10 días hábiles desde que es presentada la solicitud en la AFP y la segunda, 10 días hábiles luego del primer pago.
PLAZO
No es requisito haber solicitado el primer retiro para poder acceder al segundo. De todas formas, quienes todavía no han solicitado el primer retiro de fondos, tienen plazo hasta el 29 de julio de 2021 para hacerlo.
Mientras que para hacer efectivo el segundo retiro, el plazo es hasta el 9 de diciembre de 2021.
RETIRO
En la solicitud de retiro, el afiliado debe indicar sus datos personales, si desea retirar la totalidad del monto permitido u otra cantidad, si tiene deuda por pensión alimenticia y la modalidad de pago (transferencia a la Cuenta 2, a la cuenta vista, cuenta corriente, Cuenta RUT o cuenta de Cooperativa de Ahorro y Crédito o mediante otros medios de pago). Por motivos de seguridad, se transferirá el pago solo a cuentas cuyo RUT de titular sea el RUT del afiliado solicitante. Luego de completar la solicitud, los afiliados recibirán un comprobante en el que se indicará la fecha y los detalles de la solicitud.
Cuatro días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora. La solicitud podría no ser aprobada si la persona no tiene saldo en su cuenta individual.