La jornada de este miércoles, el Presidente Piñera, junto a la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, al ministro de Justicia y Derechos Humanos la ministra de Desarrollo Social y Familia, promulgó la nueva ley que creará un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que comenzará a regir dentro de un año.
Con esta Ley quienes integren la base de datos del Registro Nacional de Deudores, sufrirán una serie de consecuencias en su diario vivir, que les obligarán a pagar sus pensiones adeudadas, ya que se dejará la lógica de las sanciones punitivas (por ejemplo, a través de arrestos), para avanzar en la incorporación de sanciones de carácter patrimonial para los deudores.
El Registro será 100% en línea y estará administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. En él estarán anotados todos aquellos alimentantes que deban, total o parcialmente, tres mensualidades consecutivas de alimentos, o cinco discontinuas.
El tribunal deberá actualizar mensualmente el Registro con el número de cuotas y el monto adeudado de cada persona que lo integre. Solamente se podrá salir del Registro cuando se pague la totalidad de la deuda, o cuando se llegue a un acuerdo judicial que garantice el pago. Únicamente un Tribunal de Familia podrá eliminar del Registro a un deudor.
Este Registro no será de libre acceso para todas las personas. Podrán ingresar las instituciones públicas y privadas que mandata la ley, y estos tendrán la obligación de practicar las retenciones y pagos que correspondan.