Aunque no tienen buena fama por sus componentes, las bebidas energéticas son casi el último grito de las costumbres para subir el ánimo, en especial cuando hay mucha pega.
Pero, todo tiene un pero, según una investigación del organismo que vela por los consumidores de Chile lindo y querido, hablamos del Sernac, detectó que las marcas se pasan por cierta parte la normativa que les pide ‘porfavocito’ colocar sellos, como “alto en azúcar”.
Los resultado de estos estudios fueron derivados al Ministerio de Salud para que “evalúe las acciones que estime pertinentes”.
“La investigación buscó determinar si las empresas relacionadas cumplen con las exigencias de composición establecidas en el Reglamento Sanitario de los Alimentos, tales como hidratos de carbono y límites de cafeína, entre otros, así como también con la información veraz y oportuna necesaria para un consumo apropiado del producto”, informó Sernac.
Atento a los adictos a la ‘energéticas” con los principales hallazgos del estudio:
*La evaluación de los requisitos de rotulación arrojó un promedio general de cumplimiento de un 81,8%.
*En el caso del rotulado, lo que presentó mayor incumplimiento fueron “instrucciones de almacenamiento” y ausencia de sello “alto en azúcar”, con un 19,23% de incumplimiento en ambos casos.
*Las marcas que incumplieron el requisito sobre instrucciones de almacenamiento fueron: Redbull, Hell, Trifinisher, VNX y Power Up.
*La marca Power Up presentó el menor desempeño en rotulación, incumpliendo en un 30,0% (6 requisitos de 22 en total).
*Considerando el análisis químico proximal (contenido de proteínas, grasas, carbohidratos y energía) y al análisis de concentración de cafeína, sólo las marcas Adrenaline y Arizona presentaron un 100% de cumplimiento. Es decir, 24 de 26 marcas presentaron incumplimientos en rangos que se movieron entre un 20% y un 60%.
*5 de las 26 marcas de bebidas energéticas analizadas, que según lo declarado en el etiquetado nutricional debieran contar obligatoriamente con el sello “alto en azúcares”, ya que superan los límites establecidos (de acuerdo a la Ley 20.606 Sobre Composición Nutricional de Alimentos y su Publicidad), no lo tienen. Se trata de Organique, VNX, Cannabis, Mintanine y Power-Up.
Para conocer en detalle los hallazgos de este estudio visite www.sernac.cl.