El gremio también declaró que los bancos están atentando contra el derecho a desarrollar actividades comercial lícitas, alterado de manera indirecta el equilibrio económico del contrato original de la concesión que se extiende hasta septiembre de 2030.
La Asociación Usuarios Zofri A.G., (AUZ), advirtió que la regulación interna de los bancos chilenos está modificando las normas por sobre la ley y el contrato de concesión de la Zona Franca de Iquique. Un acuerdo que, aseguran, es la base del incentivo económico regional.
“Entendemos que un banco pueda ejercer autonomía comercial para abrir o cerrar cuentas, pero no pueden desmantelar operativamente una política de Estado que tiene que ver con el desarrollo de las regiones extremas mediante zonas francas, dictando criterios de caja que hacen inviable la venta mayorista”, sostuvo el Gerente de la AUZ, Darío Blanco Leiva, quien especificó que los bancos, que no han informado el por qué de los cierres, estarían incurriendo en una discriminación arbitraria generalizada hacia el ecosistema Zofri, atentando fuertemente contra el derecho a desarrollar una actividad comercial lícita.
En este sentido, los miembros de la asociación más antigua del sistema franco argumentan que el régimen de la Zona Franca de Iquique (D.F.L. N° 341 y Ley 18.846 art. 11) pactó con el Estado de Chile la inmutabilidad de todas las franquicias, exenciones y beneficios por el plazo de vigencia de la concesión, el que debise mantenerse hasta septiembre de 2030.
A lo que agregaron que las restricciones bancarias y las exigencias de debida diligencia sobrepuestas representan nuevas exigencias y, en cierta medida, nuevas condiciones al principio de invariabilidad y estabilidad del régimen franco, consagrado con anterioridad a la normativa de prevención de lavado de activos de la Ley N° 19.913.
“La ley que creó la UAF (Ley N° 19.913) tiene vigencia posterior a las bases del sistema franco. Y al imponer trabas operativas que limitan, restringen e impiden de facto recibir el pago de las mercaderías en efectivo, que ha sido históricamente la forma en que se llevan a efecto las transacciones, es decir, con efectivo transfronterizo, el Estado ha alterado de manera indirecta el equilibrio económico del contrato original”.
De igual forma, Blanco comentó que las exigencias de cumplimiento actuales no pueden anular o vaciar de contenido el derecho a comerciar libremente con el exterior, sobre todo cuando la “costumbre comercial” ha creado normas que se han mantenido inalteradas durante décadas.
Es que para efectos aduaneros y tributarios, los bienes ingresados a Zofri se consideran como si estuvieran en el extranjero. Entonces, siguiendo esa misma lógica legal, el dinero en efectivo con que pagan los clientes extranjeros dicha mercadería forman parte de la fluidez del comercio exterior amparado por la franquicia y por la costumbre comercial.
“Lo que es más contradictorio, es que los mismos bancos que imponen estas medidas han ido desapareciendo del recinto de Zona Franca, dejando a los compradores y usuarios abandonados, lo que es una verdadera hipocresía al cumplimiento normativo”.
MALAS EXCUSAS
Los representantes de la AUZ esgrimen que la Corte Suprema ha ratificado que las medidas de control administrativo, UAF o bancos, deben cumplir el principio de proporcionalidad, por lo que bloquear la recepción de flujos comerciales lícitos e históricos de clientes bolivianos con el pretexto de prevenir el riesgo es una medida desproporcionada que vulnera la seguridad jurídica.
“El control del blanqueo de capitales no puede ser la excusa burocrática para derogar en la práctica las franquicias, exenciones y beneficios de la zona franca”.
De igual forma, enfatizaron que así como existen reglas especiales para las remesas de dinero o el mercado cambiario, la UAF y la CMF pueden dictar una norma de excepción territorial para Tarapacá.
“En ella se debería estipular que, para el comercio mayorista de zona franca, la trazabilidad se cumple con el registro aduanero de la mercadería y no con el historial del comprador, asumiendo que el flujo físico del camión es prueba suficiente de que no hay lavado de activos”, cerró Blanco.
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