• Seremi de Transportes Carlos Navarrete indicó que esta medida de restricción vehicular se toma para dar mayor efectividad a la cuarentena obligatoria en la que se mantienen las comunas Iquique y Alto Hospicio. “Estas medidas están diseñadas para protegernos y que no siga avanzando el Covid 19 dejando a más personas contagiadas y más personas fallecidas”.
La medida fue anunciada por el Intendente
Miguel Ángel Quezada y el Jefe de Defensa Nacional (JEDENA) de Tarapacá,
Guillermo Paiva, quien indicó dar estricto cumplimiento a la resolución 529 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de Tarapacá que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en perímetros del centro de Iquique y Alto Hospicio.
La resolución decretada por el Seremi de Transportes
Carlos Navarrete indica que en Iquique se prohibirá la circulación de todo vehículo motorizado de dos o más ruedas (aun cuando posean sello verde) en el perímetro conformado entre las calles
Serrano por el norte; Barros Arana por el este, hasta calle Latorre; por el sur este Latorre entre Barros Arana y Vivar; Vivar entre Gorostiaga y Latorre; por el sur Gorostiaga entre Vivar y Obispo Labbé; por el oeste calle Obispo Labbé entre Gorostiaga y Serrano.

En Alto Hospicio: por el norte, calle Los Pomelos, entre calle
Teniente Hernán Merino y calle Ramón Pérez Opazo; por el este, calle Teniente Hernán Merino entre Los Pomelos y Los Álamos; por el noreste, en calle Los álamos, entre Teniente Hernán Merino y Los Nogales; por el sur este, por calle Los Nogales entre Los Álamos y Los Tamarugos; por el sur, calle Los Tamarugos entre Los Nogales y Ramón Pérez Opazo; y por el oeste, calle Ramón Pérez Opazo, entre Los Tamarugos y Los Pomelos.
EXCEPTO
Quedarán exceptuados de la prohibición, los vehículos de emergencia, vehículos fiscales, de servicios públicos, vehículos militares y policiales, vehículos destinados a la limpieza de calles,
retiro de basuras y en general aquellos en que se trasladen funcionarios públicos y fiscales para el cumplimiento de sus funciones específicas, así como también, los vehículos de las personas que residan en
los sectores particulares, sólo para ingresar y salir de sus domicilios.
Todos los vehículos no exceptuados anteriormente podrán circular por las calles aledañas de los lados
que encierran el perímetro, en su sentido ordinario y sin hacer ingreso a este.
La orden de cumplimiento se dio a través del bando nº 25 del JEDENA, indicando que la medida
se hace necesaria para desincentivar el uso y empleo de vehículos motorizados, ayudando a reducir el tránsito de persona en áreas identificadas como de mayor riesgo de contagio.
Las medidas, que están tomadas en el contexto del E
stado de Catástrofe vigente, comenzarán a regir este 8 de junio a partir de las 5 am y se extenderán indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
serán los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la resolución.]]>